Montero, sobre los contribuyentes en ERTE: «Pagarán en la declaración de la Renta en función de lo cobrado»
Cuando se superen los 14.000 euros de ingresos y se haya percibido más de 1.500 euros del segundo pagador, los trabajadores que hayan estado en ERTE tendrán que hacer la declaración de la Renta y tributar por las prestaciones
Queda menos de un mes para que arranque la campaña de la Renta y buena parte de los cuatro millones de empleados que en 2020 afrontaron un Expediente de Regulación de Trabajo Temporal (ERTE) deben hacer cuentas para saber si toca pagar al Fisco. La ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, ha recordado esta mañana que los trabajadores en esta situación que deban declarar la Renta «pagarán en función de lo que han cobrado».
«Cuando hay dos pagadores, como una de las empresas no sabe lo que la otra está abonando y no se pueden hacer las retenciones oportunas, se tiene que presentar la declaración, pero eso no implica que vayan a pagar más. Ni un euro más ni un euro menos», ha explicado en una entrevista a TVE.
Desde el próximo 7 de abril se puede presentar la Renta, en una campaña que estará marcada por los ERTE del año pasado. La razón es que el límite de ingresos mínimos para declarar es de 22.000 euros, pero cae a 14.000 si se ha tenido más de un pagador, como ocurre cuando el SEPE ha abonado prestaciones por estar en un ERTE, si se ha cobrado de este segundo pagador más de 1.500 euros. En estos casos, el empleado debe presentar la declaración de la Renta. Y, salvo que se haya practicado retención, lo que es excepcional, la mayor parte de las prestaciones cobradas por estar en ERTE no han pagado IRPF. Por tanto, Hacienda liquidará en la Renta el impuesto pendiente.
Como informó ABC, un empleado que cumpla los requisitos antes descritos y gane el sueldo medio en España, de 23.646 euros, que haya estado en un ERTE del 100% durante cuatro meses en los que haya cobrado 4.392 euros en prestaciones, le saldrá a pagar en la próxima declaración de la Renta 1.322,42 euros, según el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF). Si bien, como ha abundado Montero «no hay ninguna novedad en el impuesto», la oleada de ERTE que hubo el año pasado redundará en que a Hacienda le saldrá ‘a ingresar’ más que en otros ejercicios, ya que el año pasado no practicó retención a las prestaciones. En estos casos, conviene agotar el plazo de la declaración para dilatar el pago.
Errores en los ERTE, ¿tributan?
Sin embargo, también ocurre que el SEPE ha pagado ERTEs «por error» a miles de trabajadores. Desde la Agencia Tributaria señalan que lo corregido en 2020 estará computado en la Renta y no habrá que tributar por ello. En cuanto a aquellas cantidades que aún haya que devolver al SEPE por pagos indebidos, Hacienda está pendiente de que el organismo les envíe ficheros de actualización adicionales. A medida que se vayan arreglando, se irán actualizando los datos de la Agencia Tributaria enviados por el SEPE. En estos casos conviene no hacer la declaración hasta que no se haya arreglado la situación. Si se agotara el plazo, posteriormente se podrá presentar una rectificación.
Fuente: abc.es