La crisis del Covid-19 ha obligado a congelar el SMI y las cotizaciones a la Seguridad Social de los trabajadores en Régimen General. Estas son las bases y tipos de cotización en 2021 a la Seguridad Social.
Este año nos encontramos ante una situación atípica, puesto que seguiríamos aplicando por el momento cuantías de cotización que llevan vigentes desde 2019.
No obstante, si hay una ligera subida al asociarse la base mínima al SMI de 950 euros. Recordamos que durante 2020, el estado de alarma nos sorprendió a todos sin publicación en Seguridad Social de las bases y tipos de cotización definitivas.
¿Cuáles son las bases de cotización a la Seguridad Social durante 2021?
El artículo 119 de la Ley 11/2020 establece que las bases mínimas de cotización durante 2021 se incrementarán en el mismo porcentaje que se aumente el salario mínimo interprofesional durante 2021.
Al congelarse el SMI de este ejercicio, temporalmente se calcularán las bases sobre el salario mínimo de 950 euros.
Respecto a las bases máximas, quedarían fijadas en 4.070,10 euros.
Por todo ello, las bases mínimas y máximas de cotización durante 2021 serían las siguientes:
Grupo de cotización | Categoría | Base Mínima | Base Máxima |
1 | Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección excluído del art. 1,3 c de ET | 1.547 euros | 4.070,10 euros |
2 | Ingenieros, Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados | 1.282,80 euros | 4.070,10 euros |
3 | Jefes Administrativos y de taller | 1.116,00 euros | 4.070,10 euros |
4 | Ayudantes no titulados | 1.108,33 euros | 4.070,10 euros |
5 | Oficiales Administrativos | 1.108,33 euros | 4.070,10 euros |
6 | Subalternos | 1.108,33 euros | 4.070,10 euros |
7 | Auxiliares Administrativos | 1.108,33 euros | 4.070,10 euros |
Las bases mínimas para las categorías de oficiales de primera, segunda, tercera, peones, y trabajadores menores de 18 años coincidirían con las siguientes:
- Bases mínimas diarias durante 2021: 37 euros.
- Bases máximas diarias durante 2021: 135,67 euros.
Estas cifras son orientativas, tendrán que ser confirmadas en Orden que habitualmente publica TGSS con la información sobre cotización para cada ejercicio.
¿Qué tipos de cotización se aplican durante 2021?
En el artículo 119 de la citada orden se indican los tipos de cotización en el Régimen General de la Seguridad Social durante 2021, que serán los siguientes:
Contingencias | Empresa | Trabajadores | Total |
Comunes | 23,60 | 4,70 | 28,30 |
Horas Extraordinarias de Fuerza Mayor | 12,00 | 2,00 | 14,00 |
Resto Horas Extraordinarias | 23,60 | 4,70 | 28,30 |
Desempleo | Empresa | Trabajadores | Total |
Tipo General | 5,50 | 1,55 | 7,05 |
Contrato duración determinada tiempo completo | 6,70 | 1,60 | 8,30 |
Contrato duración determinada tiempo parcial | 6,70 | 1,60 | 8,30 |
FOGASA | |
Empresa | 0,20 |
Trabajador | – |
Total | 0,20 |
Formación Profesional | |
Empresa | 0,60 |
Trabajador | 0,10 |
Total | 0,70 |
¿Cuál sería la cotización del contrato de formación durante 2021?
Esta cotización también es provisional y se prevé que sea modificada en el caso de que se incremente el salario mínimo interprofesional.
Por el momento, la cotización para contratos de formación a aplicar en 2021 es la siguiente:
Aunque hay que destacar que la mayor parte de estos contratos formativos están exentos de cotizar los seguros sociales si se cumplen los requisitos para su bonificación.
Concepto | Empresa | Trabajador | Total |
Por contingencias comunes | 42,56 € | 8,49 € | 51,05 € |
Contingencias profesionales IT | 3,27 € | – | 3,27 € |
Contingencias profesionales IMS | 2,58 € | – | 2,58 € |
Fondo de Garantía Salarial | 3,23 € | – | 3,23 € |
Desempleo | 57,75 € | 16,28 € | 74,03 € |
Total | 109,39 € | 24,77 € |
¿Cuál es el tipo de cotización para los autónomos durante 2021?
En este caso sí que podemos afirmar que habría una subida, puesto que estaba prevista en el Real Decreto Ley 28/2018.
El tipo de cotización para los autónomos durante 2021 sería del 30,6%.
Aumentaría nuevamente un 0,3% respecto al reciente incremento del tipo de cotización del 30,3% del último trimestre de 2020.
Esto se debe al incremento de la Cotización por Contingencias Profesionales y Cese de Actividad fijado en 2018.
Así quedarían los porcentajes definitivos para cada concepto de los que componen la cotización del trabajador autónomo:
- Cotización por Contingencias Comunes: 28,30 %.
- Cotización por Contingencias Profesionales: 1,3%.
- Cotización por Cese de actividad: 0,9%.
- Cotización por Formación Profesional: 0,1%.
Fuente: grupo2000.es